Declaración de accesibilidad
Ángela Rico Castro, se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://www.elhuertosananton.com/:
SITUACIÓN DE CUMPLIMIENTO
Estado de cumplimiento
El sitio web El huerto San Antón es parcialmente conforme con los requisitos de accesibilidad establecidos por el Real Decreto 1112/2018, debido a las excepciones y no conformidades que se detallan a continuación.
Contenidos no accesibles
A continuación, se indican las áreas en las que actualmente existen limitaciones de accesibilidad:
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Imágenes sin texto alternativo adecuado: algunas imágenes carecen de descripciones significativas o utilizan textos genéricos que no aportan información relevante.
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Contraste insuficiente: ciertos textos y botones presentan combinaciones de color con bajo contraste, dificultando la lectura a personas con baja visión.
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Navegación mediante teclado incompleta: el menú principal y algunos submenús no son plenamente operables sin ratón.
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Estructura de encabezados mejorable: en determinadas secciones la jerarquía de títulos no sigue un orden semántico correcto, lo que puede dificultar la comprensión del contenido por parte de usuarios de lectores de pantalla.
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Enlaces no descriptivos: existen enlaces con textos genéricos como “Más info”, que no indican claramente el destino o propósito del enlace.
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Formularios: algunos formularios de contacto o reserva carecen de etiquetas (
label) correctamente asociadas y de mensajes de error accesibles para lectores de pantalla. -
Elementos dinámicos: ciertos componentes interactivos no notifican los cambios de estado a tecnologías de asistencia.
Medidas en curso
El huerto San Antón está trabajando para mejorar la accesibilidad del sitio web mediante:
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Revisión y corrección de texto alternativo en imágenes.
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Mejora del contraste de color conforme a las pautas WCAG 2.1 nivel AA.
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Adaptación de la navegación por teclado en todos los elementos interactivos.
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Revisión semántica de encabezados y estructura HTML.
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Actualización de enlaces con textos descriptivos.
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Revisión de formularios y mensajes de error accesibles.
PREPARACIÓN DE LA SIGUIENTE DECLARACIÓN DE ACCESIBILIDAD
La presente declaración fue preparada el 14 de octubre de 2025.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.
OBSERVACIONES Y DATOS DE CONTACTO
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (articulo 10.2.a del RD 1112/2018) como por ejemplo:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web
A través del número de teléfono (+34) 646966864.
Puede presentar:
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Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018 o
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Solicitud de Información accesible relativa a:
Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4
Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
La reclamación puede ser presentada través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital , así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Subdirección General de Inspección de Servicios del Ministerio.
CONTENIDO OPCIONAL
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